La Ley de Amnistía en el BOE leer en pdf
El decreto, firmado por el Rey Felipe VI y el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, establece la norma que el Congreso respaldó el pasado 30 de mayo con mayoría absoluta, levantando el veto del Senado y dando luz verde definitiva a su aprobación tras varios meses de tramitación y negociaciones entre el Ejecutivo y las formaciones independentistas.
La estrategia del PSOE era clara: evitar la discusión sobre la ley de amnistía en plena campaña para las elecciones europeas. Así, apenas 48 horas después de los comicios, la publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE) no sorprende a nadie. Ahora, con la entrada en vigor de la Ley Orgánica de amnistía para la normalización institucional, política y social en Cataluña, se abre un plazo de dos meses para su aplicación.
Esta medida responde a la necesidad de Pedro Sánchez de obtener el apoyo de los diputados del partido de Carles Puigdemont para asegurar su legislatura, además del apoyo de ERC, socio de gobierno. El objetivo de esta norma es amnistiar a todos los implicados en movilizaciones soberanistas e independentistas desde el 1 de noviembre de 2011 hasta el 13 de noviembre de 2023.
La ley incluye tanto a los condenados por la consulta del 9 de noviembre de 2014 como a los del referéndum independentista de 2017, además del archivo de las investigaciones abiertas por los disturbios posteriores a la sentencia del Tribunal Supremo. Según el ministro de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños, la norma ampara a 372 personas, entre ellas dirigentes de Junts y ERC, los 12 CDR procesados y los investigados por "Tsunami Democràtic".
La proposición de ley fue registrada en solitario por el Grupo Socialista el 13 de noviembre del año pasado y, aunque se ha tramitado por el procedimiento de urgencia, no se ha aprobado hasta más de seis meses después, con el apoyo de 177 diputados del PSOE, Sumar, Podemos, ERC, Junts, Bildu, PNV, BNG y el exministro José Luis Ábalos, frente a los 172 en contra del PP, Vox, Coalición Canaria y UPN.
Desde la publicación de la ley este martes, los jueces y tribunales disponen de dos meses para aplicarla. Sin embargo, este plazo se detendrá si se eleva una cuestión a la justicia europea. El diario oficial también abre el plazo de presentación de recursos de inconstitucionalidad, y el PP ya ha anunciado que impugnará la ley
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La firma del Rey es protocolaria. El artículo 91 de nuestra norma fundamental de la Constitución establece con perfecta claridad la obligación que tiene Felipe VI de sancionar, promulgar y hacer publicar esta o cualquier otra ley que le presente el Congreso como representante del pueblo.
NOTA DE Nuevo impulso.net
Esta ley de Amnistía es inconstitucional:
Primero porque en la Constitución no se recoge la amnistía, ya que los padres de la Constitución se negaron a que la hubiera en democracia. Ni siquiera autorizó los indultos colectivos.
¿Es posible cambiar la Constitución? sí, evidentemente, pero ha de haber un referéndum. Los cambios de la Constitución no pueden ser aprobados por el Congreso, no se trata de una Ley Orgánica sino un cambio en la Constitución. (El Senado no estuvo de acuerdo, la tramitó por lo plazos, peso sin aprobarla por la mayaría de los senadores.
Me la cuelan, la tengo que aceptar por imposición, sí; pero no por convencimiento.
Señor Sánchez no se puede gobernar por imposición de Decretos leyes, encerrado en al Moncloa por no poder salir a la calle, a disfrutar a las aclamaciones del pueblo.
Además como Puigemont no ha sido juzgado todavía, ni condenado, no puede ser amnistiado. Ya que la no ser jugado no hay delito, es sospechoso de delio de rebelión por haber declarado la independencia de Cataluña por 8 segundos. El júbilo en la plaza duró ocho segundos, el tiempo que tardó Puigdemont en anunciar la suspensión de la independencia.
Ramón Palmeral
¿La reforma de la Constitución debe ser aprobada en referéndum?
Cuando se aprueba una reforma parcial ordinaria de la Constitución como es el caso de imponer una amnistía que no está recogida en ella, se abre un plazo de quince días durante el cual, un diez por ciento de diputados o senadores puede solicitar que el texto sea votado en referéndum. Por lo tanto, frente al procedimiento de revisión constitucional, la consulta al pueblo es facultativa y no preceptiva.
Aprobada la reforma de la Constitución por las Cámaras, y en su caso por el pueblo en referéndum, está lista para su publicación y entrada en vigor.
Como hemos visto, el procedimiento de reforma constitucional ordinaria está basado en el de aprobación de las leyes, al que se introducen trámites específicos que exigen un mayor consenso por parte de las fuerzas parlamentarias. Límites a la iniciativa, exigencias de mayorías cualificadas y la eventual participación de una Comisión Mixta y del pueblo, en referéndum, son, en resumen, estas especificidades.
Enlace. Constitución y su reforma