La farsa de Ferraz o cómo quitarle el cetro a Sánchez
Es difícil que los tribunales condenen una algarada callejera
Cuando la familia de Soraya Sáenz de Santamaría presentó en 2013 una denuncia por el escrache que se realizó frente a su domicilio (en el que estaba su hijo pequeño), los jueces valoraron que no se exhibieron armas ni explosivos y que la protesta no fue convocada para cometer delito de coacción o atentado. A mí me extrañó este amparo, en nombre de la libertad de expresión, por tratarse de una madre con un menor, pero la Audiencia Nacional señaló en el auto que archivó el escrache, que «los límites de la crítica admisible son más amplios respecto a un político en ejercicio que los de un individuo particular pues, a diferencia del segundo, el primero se expone inevitable y conscientemente a un control permanente de sus hechos». Y añadía: «Estas perturbaciones no se encuadran dentro de la violencia o la fuerza que requiere el tipo de coacciones y sí en el ámbito de la libertad de expresión, y son consecuencia inevitable del derecho de manifestación».