ARTICULOS DE OPINION


Revista digital de arte, cultura y opinión en Alicante. Enlace con POESIA PALMERIANA. En estas páginas no podemos estar ajenos a lo que pasa en España ni en el mundo. Dirigida por el escritor, poeta y pintor Ramón PALMERAL. Los lectores deciden si este blog es bueno, malo, o merece la pena leerlo. El periodismo consiste en decir lo que a algunos no les gustaría leer.

sábado, 30 de diciembre de 2023

La reforma del artículo 49 de la Constitución Española para eliminar la palabra “disminuidos”.

 


RESIDENCIAS, POR FAVOR.  CENTROS DE DÍA CERCANOS. ENFERMERAS Y MÉDICOS A DOMICILIO DE LA SEGURIDAD SOCIAL.

Nos parece bien la reforma siempre que beneficie a los discapacitados. EL PSOE hará todo lo posible para impedirlo, porque en  sí al art. 49, meterá un paquete de leyes aleatorias para votarlas en un pleno, sí o sí, siempre ponen trampas. El PP se negaró y no habrá votación. No por el PP sino por el PSOE. De Pedro Sánchez no nos podemos fiar "ni mijita".

Los disminuidos físicos, y psíquicos y personas mayores con demencias o alzheimer, y lo hay también víctimas de la polio como Dolorcitas de Frigiliana con 74 años, que está prácticamente inválidos y sola, que depende de terceras personas para la vida diaria, que tiene una asistencia de un par de horas. Necesitan una Residencia. No se la dan porque no hay. La falta de residencia en España es una asignatura pendiente de los gobiernos autonómico y estatales. Me refiero a residencias de la Seguridad Social, porque privas la hay que cuestan muchos euros. Acaso deberían ser residencias concertadas. Algunas son conventos de la época de Franco.

La falta de residencias para mayores en España es evidente, un clamor de la sociedad. Los gobiernos no invierten en residencias, e incumple el articulo primero de la Constitución. "España es un Estado social..." Y aquí entramos todos. No se invierte en Sanidad. Residencias de la tercera edad ni en Hospitales. Un desastre. ¡Viva la España del olvidada!

Se tardan años en conseguir una plaza en una residencia, y da igual como esté la persona que lo solicita y  necesita. Hay casos de personas que no tienen hijos, porque por su discapacidad se lo impidió. No tienen padres, ya fallecieron. Les queda algún sobrino que están trabajando y tiene su familia. La pensión de discapacidad no le llegara para nada. 

30-12-2023.- (Frigiliana. Málaga. Junta de Andalucía. Pregunten a los asistente sociales).


...................... Notas de Prensa............

La reforma del artículo 49 de la Constitución Española para eliminar la palabra “disminuidos” en alusión a las personas con discapacidad lleva varios años en el debate político. Y este cambio, que exige hacer una reforma constitucional, se ha retomado a finales de 2023 por un acuerdo del PP y el PSOE. Recordamos los dos intentos fallidos de esta reforma del artículo 49, en 2018 y 2021, y explicamos cómo se ha llegado hasta aquí. 


¿Cómo está redactado actualmente el artículo 49 de la CE?

El artículo 49 está incluido en el capítulo tercero de la Constitución Española titulado “De los principios rectores de la política social y económica”. Actualmente, el texto está redactado de la siguiente forma y menciona el término “disminuidos físicos, sensoriales y psíquicos” que han rechazado las organizaciones:

“Los poderes públicos realizarán una política de previsión, tratamiento, rehabilitación e integración de los disminuidos físicos, sensoriales y psíquicos, a los que prestarán la atención especializada que requieran y los ampararán especialmente para el disfrute de los derechos que este Título otorga a todos los ciudadanos”.

 

La reforma del artículo 49 de la Constitución Española para eliminar la palabra “disminuidos” en alusión a las personas con discapacidad lleva varios años en el debate político. Y este cambio, que exige hacer una reforma constitucional, se ha retomado a finales de 2023 por un acuerdo del PP y el PSOE. Recordamos los dos intentos fallidos de esta reforma del artículo 49, en 2018 y 2021, y explicamos cómo se ha llegado hasta aquí.

¿Cómo está redactado actualmente el artículo 49 de la CE?

El artículo 49 está incluido en el capítulo tercero de la Constitución Española titulado “De los principios rectores de la política social y económica”. Actualmente, el texto está redactado de la siguiente forma y menciona el término “disminuidos físicos, sensoriales y psíquicos” que han rechazado las organizaciones:

“Los poderes públicos realizarán una política de previsión, tratamiento, rehabilitación e integración de los disminuidos físicos, sensoriales y psíquicos, a los que prestarán la atención especializada que requieran y los ampararán especialmente para el disfrute de los derechos que este Título otorga a todos los ciudadanos”.

¿En qué punto están las negociaciones entre PSOE y PP para cambiar el artículo 49 de la Constitución?

En diciembre de 2023, tras las elecciones generales del 23-J y la formación de un Gobierno de coalición PSOE-Sumar, las negociaciones para reformar la Constitución en su artículo 49 han vuelto al debate político, esta vez de la mano de un acuerdo entre el PP y el PSOE. 

El líder del PP, Alberto Núñez Feijóo, y la portavoz del Gobierno y ministra de Educación, Pilar Alegría, explicaron que se habían comprometido a presentar una proposición de ley conjunta antes del 31 de diciembre, no tocar el texto pactado, dar luz verde solo a las enmiendas que aprueben ambos partidos y, en ningún caso, celebrar un referéndum para esta reforma, uno de los puntos que reconoce la Constitución. También contaron que se celebraría un pleno monográfico en el Congreso en enero de 2024.

Según recoge El País este 29 de diciembre, la presentación y registro de esta proposición de ley en el Congreso de los Diputados es “inminente” y el texto se ha consensuado con el Cermi (Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad), una de las organizaciones que durante años ha reclamado retirar la palabra ‘disminuidos’ de la Constitución. El 29 de diciembre, el PSOE y el PP registraron la proposición de ley conjunta en la que, según Servimedia, piden una tramitación urgente y por lectura única, con lo que sería necesario un solo debate en el Pleno para que se apruebe.Crees que te ha llegado un bulo? Verifica en nuestro chatbot de WhatsApp (+34 644 229 319) 

¿Cuáles han sido las propuestas de reforma hasta la fecha?

A finales de 2018, el Gobierno liderado por Pedro Sánchez (tras la moción de censura a Mariano Rajoy) aprobó un anteproyecto para cambiar el término “disminuido” del artículo 49 y sustituirlo por “personas con discapacidad”

En 2021, el Gobierno de coalición PSOE-Unidas Podemos retomó esta iniciativa. En mayo de ese año el Consejo de Ministros aprobó un anteproyecto para llevar a cabo esta reforma. Con esta propuesta se modificaría íntegramente el artículo 49 de la CE, “tanto desde el punto de vista del lenguaje como de su estructura y contenido”, explica el texto del último anteproyecto aprobado por el Gobierno el pasado 11 de mayo de 2021. Estos son los cambios sugeridos en la propuesta de 2021:

  • Se modifica la terminología que emplea el artículo para referirse a este colectivo: ya no son “disminuidos físicos, sensoriales y psíquicos” sino “personas con discapacidad”.

  • Se mantiene el principio de que estas personas tienen los mismos derechos que todos los ciudadanos, pero además se incluye el principio de no discriminación.

  • Nuevas obligaciones de los poderes públicos, que deben desarrollar políticas que garanticen la plena autonomía personal e inclusión social de este colectivo; con la participación de las organizaciones representativas.

  • Se subrayan las “necesidades específicas” de las mujeres y niñas con discapacidad.

En enero de 2023, el Gobierno de coalición, que necesitaba el apoyo de tres quintos de cada cámara de las Cortes Generales para llevar a cabo la reforma constitucional, anunció un principio de acuerdo con el Partido Popular. Sin embargo, en esta ocasión, la propuesta tampoco salió adelante.