ARTICULOS DE OPINION


Revista digital de arte, cultura y opinión en Alicante. Enlace con POESIA PALMERIANA. En estas páginas no podemos estar ajenos a lo que pasa en España ni en el mundo. Dirigida por el escritor, poeta y pintor Ramón PALMERAL. Los lectores deciden si este blog es bueno, malo, o merece la pena leerlo. El periodismo consiste en decir lo que a algunos no les gustaría leer.

viernes, 28 de junio de 2019

La Universidad de Alicante elimina en internet el nombre del secretario militar del Sumario 21.001 del Consejo de Guerra a Miguel Hernández



La historia se puede blanquear, pasar al olvido digital, pero los desconchones siempre quedan escritos en los esqueletos de la historia

Ramón Palmeral

Leo en Europa Press, de 18 de junio actual: «La Universidad de Alicante (UA), en una resolución firmada por el gerente de la institución, ha accedido a la petición de un descendiente de un militar fallecido que actuó como secretario en el Consejo de Guerra en el que se condenó a muerte al poeta Miguel Hernández a eliminar el nombre de su familiar --derecho al olvido digital-- de textos publicados por un catedrático de Literatura Española en un dominio de internet de la institución académica».
Me he puesto a investigar la legislación sobre el derecho al olvido digital y el Sumario 21.001 que se encuentra en el libro de Juan Guerrero Zamora, de Editorial Dossat, Madrid 1990, y varios artículos relacionados, y estas son las conclusiones a las que he llegado:
El catedrático de Literatura Español cuyo trabajo de investigación ha sido cuestionado por la Universidad a la que pertenece es Juan Antonio Ríos Carratalá (Alicante 1958), autor de múltiples y rigurosas  investigaciones que se hayan indexadas en Repositorio Institucional de la Universidad de Alicante (RUA) y forma parte  la red de repositorios (almacén de datos) de las universidades públicas valencianas), se informa al demandante hijo del secretario alférez  Antonio Luis Baena Tocón de que la UA ha procedido a adoptar las "medidas tecnológicas" para que en una de las publicaciones del catedrático alojada en el dominio 'rua.ua.es', de la universidad alicantina, no pueda ser indexada por los buscadores de internet al introducir el nombre y apellidos del padre del solicitante. Ríos Carratalá es también autor de un libro titulado «Nos vemos en Chicote. Imágenes del cinismo y de la cultura franquista», Editorial Renacimiento, Sevilla, 2015 y Universitat d’Alacant. El periodista Juanjo Payá, en su artículo «Los verdugos de Miguel Hernández» (Levanta EMV, de fecha 03-11-2015), comenta el libro de Carratalá y comenta:
   «…otros responsables del juicio al autor de «Vientos de pueblo» como Antonio Baena (sic), quien actuó como secretario cuando se hizo pasar por abogado (no tenía más que unas asignaturas aprobadas). Años después, ironía, sarcasmo, incredulidad y esperpento todo al mismo tiempo, Baena culminó su carrera como alto funcionario del Ayuntamiento de Córdoba e incluso con Julio Anguita en la alcaldía. «No lo sabía ni el propio Anguita. Cuando se lo conté se sorprendió muchísimo», agrega Ríos Carratalá sobre este caso que ejemplifica cristalinamente cómo los ejecutores de sentencias y órdenes en consejos de guerra y de postguerra en el franquismo obtuvieron generosos puestos de carrera pública, ascensos meteóricos y jugosos sueldos. «La mayoría de todos ellos eran voluntarios. Incluidos los del juzgado Especial de Prensa (quien condenó a Miguel Hernández a muerte».
 El hijo de Antonio Luis Baena Tocón acusa de falsedad  Ríos Carratalá en su obra «Nos vemos en Chicote» de, quien, según adelantaba el periódico «El País» (18 de junio actual) ha sido quien ha solicitado por la vía administrativa la retirada del nombre de su padre de la los documentos digitales de la Universidad de Alicante, se ha amparado en la Ley de protección de datos personales  y del reglamento europeo y ha anunciado que en el caso de que no se cumpla su petición reclamará ante la Agencia Española de Protección de Datos e iniciará un procedimiento judicial para que sea de obligado cumplimiento; es decir, que serían los jueces quiénes valoren si procede o no el borrado de un nombre, según el fin que se le está dando y la base jurídica en la que se ampara. Más aún cuando en la Universidad de Alicante se encuentra el Archivo de la Democracia creado en 2004 cuyo principal objetivo –como dice la presentación– «es  contribuir al conocimiento de nuestra historia más reciente» donde colaboran muchas personas y asociaciones a los que no les puede defraudar. Posee una páginas Web que constituye un paso más en la consolidación del Archivo de la Democracia, y tiene como principal objetivo poner a disposición de la sociedad algunos de los principales testimonios documentales de nuestra memoria colectiva más reciente. Y de no administrase con todas la garantías jurídica que correspondan, perderá el fin por el que se creó, entre ellas recuperar la Memoria Histórica  la Ley 52/2007, de 26 de diciembre. Y que al amparo de dicha ley, muy bien podrían sentirse ofendidos –por el borrado digital del nombre del alférez secretario– los herederos de Miguel Hernández, que desde hace años reclaman la nulidad del Consejo de Guerra, y que aún, hoy día,  no lo han conseguido, a pesar de que el Supremo en 2011 vio «radicalmente injusta» su condena a muerte por sentencia que actualmente carece de vigencia.
Pienso, sinceramente, que una Universidad como la de Alicante de reconocido prestigio, cenáculo del saber y de  investigaciones científicas, no pueden ceder a una petición (justa o injusta), a la primera, preventivamente, por si acaso, sin esperar a una sentencia o resolución judicial formal, pues de lo contrario sería abrir la puerta a otras muchas peticiones particulares, que en algunos casos podrían ser caprichosas, sin fundamento legal; pues es la Justicia quien debe tener la última palabra. El Consejo Asesor de la Universidad dice que está estudiando el tema y se pronunciara próximamente, un estudio se pueden para años, hasta que se olvide por los lectores. En concreto,  el derecho al olvido se  limitar la difusión universal e indiscriminada de datos personales en los buscadores generales cuando la información es obsoleta o ya no tiene relevancia ni interés público, o de antecedentes penales, aunque la publicación original sea legítima (en el caso de boletines oficiales o informaciones amparadas por las libertades de expresión o de información). En el caso de las investigaciones del catedrático Ríos Carratalá era una investigación literaria e historia del franquismo con cierta ironía, sin otro interés que recopilar biografías de franquistas, y un personaje tan importante como el universal poeta  Miguel Hernández, y de interés documental para hernandianos.
El estudio de la condena a muerte y posterior conmutación a 30 años de Miguel Hernández nos ha de sirve como paradigma, es decir, como ejemplo o modelo de otros miles de condenados republicanos en Consejos de Guerra de la época que son anónimos y que, es muy posible que nunca sepamos lo que sucedió con ellos. Por ello es tan importante que no se tergiverse su sumario, y hemos de andar vigilantes, pues podría suceder, en el futuro, todo quede raso como si la guerra civil y posguerra no hubiera sucedido.
El alférez franquista secretario del Cuerpo Jurídico Militar Antonio Luis Baena Tocón, en 1939 tenía 24 años, es un personaje público que,  actuó bajo las órdenes del juez instructor Manuel Martínez Gargallo, Juez Especial de Prensa,  contra periodistas republicanos, por ello sí  es de interés porque aparece su firma en numerosas diligencias e informes ya publicados desde 1990, como Secretario de dicho juez instructor–-que participó en varios sumarios, por ello no se pueden obviar– en el Sumario 21.001 que condenó al poeta Miguel Hernández a la pena de muerte en sentencia de 18 de enero de 1940 (aunque en la sentencia del 18-01-1940, aparece un «Sr. Secretario», sin nombre ni firma, que podría se José María S…-ilegible- del juez Pablo Alfaro, ya que Baena era el secretario del juez instructor Margallo). El Tribunal del Consejo de Guerra Permanente nº 5 de Madrid, sito en plaza Callao, 4, estaba compuesto por: Presidente comandante Pablo Alfaro Alfaro, vocales capitanes Francisco Pérez Muñoz e Ignacio Días Aguirre y alférez Miguel Caballero y Celis y Vocal Ponente capitán Vidal Morales), los que le condenaron a muerte por el delito de ADHESIÓN a la rebelión, de acuerdo al párrafo 2º del art. 238 del Código de Justicia Militar, de entonces (de 1890 vigente hasta 1945),  y,  posteriormente, la pena le fue conmutada por 30 años de reclusión. Trasladado al Reformatorio de Adultos de Alicante en junio de  1941, acabó muriendo en la prisión un año después al sufrir una afección pulmonar complicada con tuberculosis el 28 de marzo de 1942 en la enfermería.
La estrategia de reclamar un borrado digital les ha salido mal a los herederos del alférez Baena Tocón, porque en la Era de la información digital, a veces, tratar de silenciar algo conlleva el efecto contrario, el de la divulgación en las redes sociales e internet. En el efecto conocido como efecto Bárbara Streisand, que sucede cuando el intento por censurar algo provoca su difusión masiva.
Se han remitido varias protestas al rector de la Universidad de Alicante, entre ellas la de la Fundación Cultural Miguel Hernández de Orihuela, de fecha 20-06-actual, firmada por su director Aitor L. Larrabide que tras un argumento sólido, solicita al Rector Magnífico de la Universidad Sr. D. Manuel Palomar Sanz :  «…que sean repuestos los datos suprimidos en los trabajos de D. José Antonio Ríos Carratalá y que explícitamente de apoye la labor investigadora del mencionado profesor».
La decisión del caso que nos ocupa  amparándose en la Ley de Protección de Datos Personales y del Reglamento europeo, podría trastocar el ejercicio de la profesión de historiador, puesto que  al retirar artículos de los motores de búsqueda supone una deriva peligrosa contra  la libertad de investigación, de  cátedra y expresión, recogida en nuestra Constitución. Considero que los artículo 93 y el 94. 2. Derecho al olvido en servicios de redes sociales y servicios equivalentes de la Ley Orgánica 3/1018, que dice: «cuando fuesen inadecuados, inexactos, no pertinentes, no actualizados o excesivos o hubieren devenido como tales por el transcurso del tiempo, teniendo en cuenta los fines para los que se recogieron o trataron, el tiempo transcurrido y la naturaleza e interés público de la información», no procede en la petición del hijo del alférez Baena Tocón, ya que su nombre aparece en documentos públicos, no secretos, y no es un reposición contra la honestidad (pues cumplía con las órdenes de la superioridad); y sí un perjuicio al interés público de la información abierta y a la investigación científica. Es como si los hijos de los agentes del Cuerpo de Investigación y Vigilancia  de Rosal de la Frontera (Huelva), pidieran que se borrarán sus nombres del atestado de sus padres: Antonio Márquez Bueno y Rafael Córdoba Collado, cuando estaban prestando un servicio policial, bajo órdenes superiores.
Y para concluir, el redactor de esta artículo, autor de «Miguel Hernández, el poeta del pueblo (biografía en 40 artículos)» se une la petición de otras instituciones de reponer el hombre de Antonio Luis Baena Tocón en la RUA según las investigaciones del catedrático José Antonio Ríos Carratalá hasta que una sentencia judicial diga lo contrario, puesto que el secretario aludido aparece en diligencias e informes judiciales que son públicos, y no privados.  La historia se puede blanquear, pasar al olvido digital, pero los desconchones siempre quedan escritos en los esqueletos de la historia, porque únicamente conoce una vía: el de la verdad y toda la verdad.



Publicado en Diario de Alicante, 29 de junio de 2019